jueves, 18 de abril de 2013

CARBAP ante el proyecto de reforma judicial- COM 1714-



La Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa –CARBAP-  expresa su profunda preocupación ante los proyectos en tratamiento en el Congreso Nacional destinados a reformar el sistema judicial.

El conjunto de leyes enviadas por el Ejecutivo Nacional al Congreso promueve una clara desinstitucionalizacion del país que pone en riesgo la indispensable y necesaria división de poderes que consagra nuestra Carta Magna.

La reforma de la composición del Consejo de la Magistratura, anula la intención y finalidad de la reforma constitucional de 1994 que instituyó ese órgano, que era contar con una institución estatal de control de nombramientos y remociones de jueces, que fuera “independiente del poder político”.

La elección popular de los Consejeros que tienen el poder de nombrar y remover a los magistrados, incluidos los Jueces que se postulen para representar a los magistrados, integrando listas electivas en las boletas partidarias, lleva a la directa consecuencia que los futuros jueces a designar por el Consejo, deberán también ser del gusto del Partido que obtenga la mayor cantidad de votos, postergando el requisito de idoneidad que consagra el artículo 16 de la Constitución Nacional y degradando la jerarquía de la función judicial, pues aquel que aspire a ingresar, deberá asegurarle al partido político dominante, su sometimiento, resignando su dignidad y convirtiendo en letra muerta las garantías constitucionales.

La reducción de la mayoría necesaria para destituir a un juez, siendo suficiente la simple mitad más uno de los votos, reduce las garantías de una destitución sólidamente aprobada por el Consejo, generando una mayor inestabilidad para los magistrados como así también es claramente discriminatoria la condición exigible a los profesionales aspirantes de ser graduados de universidades publicas , violando el principio de igualdad y contradiciendo a toda la legislación y demás normativa que autoriza la obtención de títulos de grado habilitantes de diversos institutos sin distinción.

Si a ello agregamos la intención de establecer restricciones a las “medidas cautelares”, que son las protecciones durante el proceso para que no se lesione definitivamente un derecho antes de conocerse la decisión judicial definitiva, equivale a eliminar la defensa plena de los derechos de los individuos frente al Estado, ya que, las sentencias, aunque sean favorables, siempre serán tardías respecto de las lesiones ya sufridas durante el plazo del juicio.

Es por eso que alertamos a la ciudadanía, sobre el grave peligro que conlleva esta reforma que transformara nuestro sistema democrático, republicano y federal en populista, colectivista, autoritario y estatizante, sin necesidad de reformar la Constitución Nacional, otorgando a una persona o a un partido político la suma del poder público y la posibilidad de someter a su voluntad la vida, el honor o la fortuna de los argentinos, como lo prohíbe expresamente el art 29 de la Constitución Nacional y violando el Pacto de San José de Costa Rica (sobre derechos humanos, que desde 1994 tiene jerarquía constitucional para nosotros) el que obliga a nuestros Estados (el Nacional y los Provinciales) a garantizar al máximo la protección de las personas para acceder a la Justicia y preservar sus derechos durante los procesos.
  

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