La
Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires
y La Pampa rechaza y ve con preocupación la actitud
oportunista del intendente Francisco Echarren del
municipio de Castelli que excediendo sus competencias,
atribuciones y deberes , y recostado sobre esta
pandemia que estamos atravesando todos los argentinos,
impone una tasa para supuestamente enfrentar el COVID
-19, obligando a todos los propietarios de
establecimientos rurales a pagar $ 42 por ha, con un
máximo de $
44.000 pesos por inmueble .
Estas
actitudes de algunos políticos que se arrogan regular
sobre materias fuera de sus competencias son muy
similares a las actitudes de aquellos empresarios oportunistas y
especuladores que aumentan el precio de los insumos
básicos de manera oportuna ante una demanda en
aumento, y muy lejos de la solidaridad que llevan
adelante tantas organizaciones intermedias de la
sociedad civil recaudando materiales y equipamiento
para hospitales y nosocomios imposibilitados de
enfrentar esta pandemia, justamente por la falta de
inversión y previsión en material hospitalario de
muchos de estos políticos de vuelo corto y rastrero.
En muchos
municipios del interior bonaerense, los intendentes con sensatez y
buen juicio, junto a las entidades intermedias
-incluidas las asociaciones rurales- han sabido
recaudar los fondos necesarios entre aquellos que
están en condiciones de poder aportar voluntariamente,
sin imposición alguna, porque no todos los ciudadanos
están en condiciones de aportar mas de lo que ya han
aportado al Estado tanto Nacional como provincial y
municipal. La pregunta que surge es que han hecho con
todo lo recaudado en tantos años si al producirse una
situación crítica como esta, se necesita de la
iniciativa privada para la compra tanto de
respiradores como de insumos médicos básicos.
Vale
advertir que estas
conductas de abuso de poder tienen previstas
expresamente las consecuencias de las acciones y actos
irregulares, tanto en nuestra Constitución Provincial,
como en La Ley Orgánica de las Municipalidades. Así, la
Constitución de la Provincia en su artículo 57 es
contundente y amplísima en su alcance, como así
también lo
ratifica el artículo 194 de la misma Constitución
Provincial, y lo reglamenta largamente la Ley Orgánica
de las Municipalidades en
su Capítulo IX (artículos 241 a 246).
Desde la
Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires
y La Pampa hacemos un llamado a la cordura y sensatez
de los intendentes y autoridades de la provincia de
Buenos Aires, en
este marco de incertidumbre que estamos viviendo, y a
no promover la desunión entre las comunidades que es
fundamental para enfrentar esta pandemia, ni hacer uso
de esta situación para instaurar una nueva y grave “pandemia
institucional”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario